El Tribunal Constitucional avala la ley rider con cuatro votos en contra

El Tribunal Constitucional avala la ley rider con cuatro votos en contra

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El Constitucional rechaza el recurso de inconstitucionalidad del PP y considerar justificadas las razones para utilizar la va del decreto-ley

Ley rider
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este mircoles el decreto ley relativo a los repartidores de plataformas digitales, conocido como la ley rider, que prohbe que las plataformas digitales puedan utilizar a trabajadores autnomos como repartidores.

La corte de garantas ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad del PP con el voto en contra de los cuatro magistrados -Ricardo Enrquez, Enrique Arnaldo, Csar Tolosa yConcepcin Espejel- mientras que el ex ministro Juan Carlos Campo no ha participado al haberse abstenido.

El PP sostena que, con independencia de la importancia y necesidad de la regulacin introducida por el decreto-ley, el uso de esta fuente normativa excepcional debe considerarse inconstitucional porque para su adopcin no concurra una situacin de «extraordinaria y urgente necesidad» y porque su concurrencia no fue justificada por el Gobierno de forma explcita y razonada.

Sin embargo, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramn Sez, seala que el Ejecutivo s ofreci una justificacin explcita y razonada de la necesidad urgente de responder a la problemtica de los repartidores, cuyas condiciones de «radical precariedad» quedaron al descubierto durante la pandemia.

Dice la resolucin que el Gobierno ha justificado el uso de esta herramienta legal ligndola a la combinacin de varias circunstancias, como el alto y creciente nmero de trabajadores afectados por la situacin de precariedad laboral que se pretende atajar o el incremento del volumen de servicios prestados durante la pandemia de la covid-19.

Pero tambin la necesidad de incorporar al derecho positivo la doctrina del Tribunal Supremo para proporcionar seguridad jurdica en un mbito caracterizado por una fuerte litigiosidad; y el proceso de recuperacin econmica en el marco de la pandemia, al que las medidas aprobadas podan contribuir mediante el aumento de los ingresos de los trabajadores y la incorporacin al sistema de sus cotizaciones sociales.

El tribunal considera esa justificacin suficiente desde la perspectiva del control externo que le compete y que debe circunscribirse a verificar, pero no a sustituir, el juicio poltico o de oportunidad que corresponde al Gobierno y al Congreso, que solo puede rechazar en supuestos de uso abusivo y arbitrario.

La tesis discrepante

Por su parte, el bloque conservador defiende que las razones esgrimidas por el gobierno no justifican una situacin de extraordinaria y urgente necesidad porque las plataformas digitales de reparto no son una realidad «nueva», como dice el decreto-ley, sino que era conocida por la administracin y el gobierno al menos desde 2015, cuando actu la inspeccin de trabajo.

Y tambin porque la sentencia «Glovo» del Supremo no gener ningn «vaco normativo», como sostiene el Gobierno sino que al contrario, consolid la jurisprudencia de los tribunales del orden social que desde 2018 venan considerando «trabajadores» a los falsos autnomos que operan bajo el control de las plataformas digitales.

En suma, los miembros del sector conservador del TC consideran que la proteccin de los trabajadores y de las personas en situacin de vulnerabilidad econmica que persigue el decreto-ley es un objetivo loable y un imperativo constitucional, pero debe canalizarse a travs de los cauces previstos en la Constitucin, no al margen de ellos.

Con esta decisin, queda pendiente que el magistrado conservador Ricardo Enrquez, que retir su ponencia que estimaba el recurso de inconstitucionalidad de Vox, al no contar con los apoyos suficientes para sacarla adelante, presente de nuevo su borrador, esta vez siguiendo el criterio fijado ya con el recurso del PP.